Passeig del 22 de Juliol, 512, local, Terrassa (08222)

La conversión de uso a vivienda, antes que un tipo de proyecto es una herramienta de cambio que se utiliza para incrementar la tan necesaria flexibilidad urbanística. Esta práctica se venía realizando con fuerza desde antes de la pandemia y desde ella, se ha ido incrementando de forma exponencial. Se pueden realizar en locales, en oficinas y en almacenes. Hay que tener en cuenta que no venga expresamente prohibido en estatutos de la comunidad y/o que no lo prohíba la normativa del Ayuntamiento en la zona donde se encuentra el inmueble. ¿Qué pasos son necesarios para conseguir el cambio a vivienda?

1- Estudio de viabilidad. Es un paso recomendable – que no obligatorio – realizar un estudio que nos de la fiabilidad de la operación. En este estudio se toman medidas y datos, se coteja la normativa que le afecta a dicho inmueble, se estudia la mínima distribución válida y los puntos que pueden generar más controversia.

2- Contacto con el administrador de fincas para comprobar que en los estatutos no viene expresamente prohibida la posibilidad del cambio y para preguntar por la próxima junta de vecinos – o contemplar el realizar una junta de vecinos extraordinaria -. 

3- Proyecto técnico visado. Tanto si se hace a través de declaración responsable, cómo si lo realizamos a través de obtención de licencia de obra, es necesario que el proyecto esté visado por técnico, lo que quiere decir que dicho técnico, tiene que estar colegiado.

4- Pago de tasas. Tasa administrativa por admisión a trámite (la cantidad varía según el Ayuntamiento) y el 4% del Icio (impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras).

5- Declaración responsable o licencia de obra. Los dos procedimientos habituales – hoy por hoy – que conviven para afrontar este tipo de proyectos. Se debe cumplimentar la solicitud y adjuntar los documentos necesarios. 

6- Ejecución de la obra. Inicia la reforma para acondicionar el espacio que se va a constituir como vivienda. Es un proceso que necesita control y supervisión. 

7- Primera ocupación. Realizada la obra se cumplimenta la solicitud para la primera ocupación. Una vez que le asignen a la obra un técnico del Ayuntamiento, se pondrá en contacto con nosotros para realizar la visita necesaria de comprobación. En esta visita se coteja que la obra realizada cumple la normativa y así obtiene el uso residencial.